Tema 4. Accidentes y Enfermedades Profesionales

 



Hola, saludos compañeros.
Aquí les comparto un breve resumen de mi investigación sobre las premisas pautadas haciendo uso del modelo escarabajo tal como se indica en la instrucción, si desean escuchar la información más detallada los invito a visualizar el vídeo.

  • ¿Cuál es el protocolo para la declaración formal de los accidentes de trabajo? ¿Cómo experto o jefe de recursos humanos daría alguna recomendación adicional?

Según la LOPCYMAT, Art.73
El empleador o empleadora debe informar de la ocurrencia del accidente de trabajo de forma inmediata ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, el Comité de Seguridad y Salud Laboral y el Sindicato.
La declaración formal de los accidentes de trabajo y de las enfermedades ocupacionales deberá realizarse dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la ocurrencia del accidente o del diagnóstico de la enfermedad.
El deber de informar y declarar los accidentes de trabajo o las enfermedades ocupacionales será regulado mediante las normas técnicas de la presente Ley.

Recomendaciones adicionales:
  1. Investigar el accidente
  2. Brindar atención médica al trabajador
  3. Mantener registros detallados
  4. Implementar medidas preventivas
  5. Comunicar y capacitar al personal

  • ¿Cuál es la diferencia entre la responsabilidad objetiva y la responsabilidad subjetiva del patrono en los accidentes laborales?

Responsabilidad Objetiva: La responsabilidad objetiva, también conocida como responsabilidad sin culpa, implica que el patrono es responsable de los daños causados a los trabajadores independientemente de si hubo o no negligencia de su parte.
Responsabilidad Subjetiva: Por otro lado, la responsabilidad subjetiva se basa en la existencia de culpa o negligencia por parte del patrono. En este caso, el trabajador debe demostrar que el patrono actuó de manera imprudente o que no cumplió con sus deberes de seguridad, lo que contribuyó al accidente.

  • ¿Cuál es la diferencia entre enfermedades profesionales y enfermedad común, supuestos de hecho y supuestos de ley? ¿Cuáles son las indemnizaciones establecidas en la ley?

Enfermedades Profesionales: Son aquellas que se generan como resultado directo de la actividad laboral del trabajador. Estas enfermedades están relacionadas con la exposición a factores de riesgo específicos en el entorno de trabajo, como sustancias tóxicas, condiciones de trabajo inadecuadas o esfuerzos físicos repetitivos.
Enfermedades Comunes: Se refieren a cualquier problema de salud que no esté relacionado con el trabajo. Estas pueden ser enfermedades que afectan a cualquier persona, independientemente de su ocupación, y no se consideran consecuencia de la actividad laboral.

Supuestos de Hecho: Se refieren a las circunstancias concretas que dan lugar a la enfermedad profesional o común.
Supuestos de Ley: Son las condiciones establecidas por la legislación que determinan cuándo una enfermedad se considera profesional o común.

Las indemnizaciones están establecidas en el Art.9 y Art. 130 de la LOPCYMAT.

  • ¿En qué consisten las Teorías del Riesgo según ramas de actividad laboral?

Según Andara (2018) existen 6 tipos de teoría del riesgo:
  1. Teoría de la Responsabilidad Extracontractual
  2. Teoría de la Responsabilidad Objetiva
  3. Teoría del Riesgo Profesional
  4. Teoría del Riesgo de Autoridad
  5. Teoría del Caso Fortuito
  6. Teoría del Riesgo Social

  • ¿En qué consiste el accidente in itinere?

Según la LOPCYMAT, Art. 69
Los accidentes que sufra el trabajador o la trabajadora en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo, siempre que ocurra durante el recorrido habitual, salvo que haya sido necesario realizar otro recorrido por motivos que no le sean imputables al trabajador o la trabajadora, y exista concordancia cronológica y topográfica en el recorrido.

  • Caso de estudio: ¡Una trabajadora (promotora) de una empresa de bebidas y alimentos sale de su jornada laboral a las 10:00 pm y en el trayecto de retorno a su casa es agredida violentamente por unos maleantes causándole lesiones físicas y psicológicas! ¿Este hecho puede ser considerado un accidente laboral?

Breve respuesta: Dado que la trabajadora fue agredida en el trayecto de regreso a su hogar después de su jornada laboral, este hecho puede ser considerado un accidente laboral bajo la figura de accidente in itinere. Esto le otorgaría derecho a recibir las prestaciones y compensaciones correspondientes por las lesiones físicas y psicológicas sufridas. (Para más información sobre el caso de estudio consulte el vídeo)

Bibilografías:


¡Muchas gracias! Felices vacaciones decembrinas.

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